POLÍTICA

Dina Boluarte: Tribunal Constitucional suspende investigaciones contra la presidenta hasta que termine su mandato

El máximo organismo de la justicia en el Perú, el Tribunal Constitucional (TC), dio lugar a la demanda de la presidenta Dina Boluarte y dictó que ni el Ministerio Público ni el Poder Judicial pueden investigar a un presidente en funciones.

El sustento legal del TC es el artículo 117 de la Constitución, que blinda a cierto tipo de funcionarios de alta importancia de este tipo de escrutinio. «Cualquier acción penal» en contra de la presidenta, anota La República, está limitada «exclusivamente al Congreso».

¿Investigación o acusación?

Explica La República que el Ministerio Público trata de «esclarecer los presuntos crímenes cometidos durante las protestas sociales de 2022 y 2023, así como las investigaciones por enriquecimiento ilícito vinculadas al caso Rolex, y por abandono de funciones señaladas en el caso Cirugías».

Pero después de que estas investigaciones se iniciaron, en el 2024, el Ejecutivo presentó una «demanda competencial». Al respecto, Josué Gutiérrez, Defensor del Pueblo, «señaló que la Fiscalía vulneraba el orden constitucional al investigarla sin autorización del Parlamento», recuerda el medio.

El Poder Judicial opinó lo contrario al interpretar el artículo 117 de otra manera: para ellos una cosa es investigar y otra acusar. «Es posible realizar diligencias preliminares, pero no dictar la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria, pues se requiere previa resolución acusatoria de contenido penal dictada por el Congreso», dijo la institución, según La República.

El Ministerio Público comparte la opinión. La República apunta: «Se aclara que realizar una investigación preliminar es diferente de presentar una acusación penal».

El TC, por su lado, escribió en su fallo: «Culminado el mandato presidencial, tanto el Ministerio Público como el Poder Judicial deben continuar ejerciendo sus competencias constitucionales, en armonía con los principios (…) de modo que las investigaciones suspendidas respecto a su persona continúen con su trámite al concluir el ejercicio del cargo presidencial».

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